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Para saber si hay que ejecutar la acción de medir el ruido debemos tener claros estos conceptos.

¿Qué es el ruido?

El ruido es una sensación auditiva no articulada que de normal no es agradable para las personas.

¿Cuándo hay que medir el ruido?

Debe medirse cuando el receptor del ruido, se siente incomodo acústicamente en su casa. Pero queremos destacar que a veces en ambientes muy silenciosos, fuera de ciudades muy transitadas, el ruido de una actividad puede causar molestias pero estar dentro de los lindes legales. Pero para saber qué nivel de ruido tienes en el recinto receptor con exactitud es primordial que las mediciones se realicen con un sonómetro verificado y calibrado. Cualquier medición realizada con un Smartphone, no tienen nada de fiabilidad y más si se trata de niveles de ruido reducidos, menos de 40 dB.

Aquí intentamos explicarte de manera más didáctica: ¿Cuáles son los límites legales? ¿Qué niveles no son legales?

Todos los niveles recibidos superiores a los niveles máximos expuestos en las siguientes tablas estarían fuera de la legalidad, aunque hay que tener en cuenta siempre que en una medición de ruido el ambiente (medición con la actividad parada) esté por debajo de estos niveles.

En Multingenieros.com podemos medir el ruido completando el siguiente formulario

Hay que recordar que el colaborador del departamento de acústica de multingenieros cuenta con la acreditación de calidad en las mediciones acusticas ENAC y también es una ECMA o empresa acreditada,por lo que sus mediciones son perfectamente validas para cualquier ayuntamiento o juzgado.


Estos son los límites que se toman en cuenta a la hora de medir el ruido.

Tabla 1. Niveles de recepción externos 

Interpretación Multingenieros.com: Con la ventana del receptor abierto o en el perímetro de la actividad estos son los máximos que se pueden recibir.

Uso dominante Día  dB Noche dB
Sanitario y docente

45

35

Residencial

55

45

Terciario

65

55

Industrial

70

60

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Tabla 2. Niveles de recepción internos 

Interpretación Multingenieros.com: Con todas las ventanas cerradas del recinto receptor de ruidos estos son los límites máximos. —

Uso del recinto receptor Donde se mide Día  dB Noche dB
Sanitario Zonas comunes

50

40

Estancias

45

30

Dormitorios

30

25

Residencial Residencial Piezas habitables
(excepto cocinas)

40

30

Pasillos, aseos, cocina

45

35

Zonas comunes edificio

50

40

Docente Aulas

40

30

Salas de lectura

35

30

Cultural Salas de conciertos

30

30

Bibliotecas

35

35

Museos

40

40

Exposiciones

40

40

Recreativo Cines

30

30

Teatros

30

30

Bingos y salas de juego

40

40

Hostelería

45

45

Comercial Bares y establecimientos
comerciales

45

45

Administrativo
y oficinas
Despachos profesionales

40

40

Oficinas

45

45

 

Te dejamos el decreto 266/2004 donde están reflejados estos niveles máximos y la manera de medir el ruido: Decreto 266/2004

Queremos dejarte la edición impresa de estas tablas según Multingenieros.com en PDF para que puedas descargártela e imprimirla.

FICHA EN PDF VALORES MÁXIMOS SEGUN DECRETO 266/2004 SEGÚN MULTINGENIEROS

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